El Tribunal Supremo ha avalado la utilización del prefijo "bio" en productos comerciales aunque éstos no sean "ecológicos". Asimismo, ha corroborado que ese uso no supone además incurrir en competencia desleal.<br /><br />La Sala Primera de lo Civil del Supremo ha sentenciado que la doctrina de la marca "bio" para designar un tipo de yogures -en la actualidad reservada para los productos ecológicos- ha caducado, ya que se ha convertido en una designación usual.<br /><br />El Supremo ha ratificado así una sentencia de la Audiencia de Barcelona que estableció que el prefijo "bio" para definir las características específicas de un producto no es competencia exclusiva de una marca.<br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />