La devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos será posible para aquellos que, cumplidos los requisitos necesarios, estén en posesión de las facturas acreditativas, debiendo conservarse esta documentación durante un período de 4 años. Además los agricultores y ganaderos beneficiarios deberán estar inscritos en el mismo año en el que realizaron las adquisiciones de gasóleo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en Hacienda. Así lo ha explicado Asaja, y lo recogen medios como agroterra.com.<br /><br />Según recuerda Asaja, esta medida, aunque insuficiente, es la única vía que tiene el sector agrario para compensar de momento la subida de precios del carburante agrícola puesto que las medidas fiscales de reducción del 35% de la factura del gasóleo y del 15% de la factura de fertilizantes han desaparecido para el año 2010, aunque todavía no afecta en esta campaña de la declaración de la renta, que corresponde al año 2009.<br /><br />Así, recuerda que Asaja sigue reivindicando estas medidas, “ya que no olvida la promesa del Gobierno de establecer un Gasóleo Agrícola Profesional que aún continuamos esperando”. <br /><br />Los documentos necesarios son: facturas del año 2009 de gasóleo, el número de cuenta corriente y las matrículas de los vehículos.<br /><br />Asaja apunta, eso sí, que aquellos que lo tramitaron a través de esta organización el año pasado -y no han cambiado ningún vehículo ni la cuenta del banco-, sólo deben aportar las facturas. <br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a>