La Unión Europea indicó que, a la luz de la decisión del árbitro de la OMC del 29 de octubre, solicitaba autorización del OSD para adoptar contramedidas destinadas a suspender concesiones u otras obligaciones con respecto a las mercancías estadounidenses.
El árbitro determinó que la UE puede imponer contramedidas a las mercancías estadounidenses por un valor de hasta 13,64 millones de dólares anuales, tras una resolución de la OMC relativa a los derechos compensatorios impuestos por EEUU a las aceitunas negras procedentes de España. El árbitro también decidió sobre la metodología que la UE podría utilizar para fijar el nivel de suspensión de concesiones u otras obligaciones con respecto a EEUU si, en el futuro, éste aplica a los productos agrícolas de la UE la medida de derechos compensatorios que se ha considerado incompatible con las normas de la OMC.
La UE destacó la importancia de que EEUU cumpla plenamente las recomendaciones y resoluciones en esta diferencia y expresó, además, su disposición a colaborar con el país norteamericano para buscar una solución al problema. También señaló que, dado que el asunto sigue sin resolverse, la diferencia sigue sujeta a la supervisión del OSD y que espera que EEUU informe al OSD sobre sus avances en la aplicación de las recomendaciones y resoluciones.
Por su parte, EEUU afirmó que, dado que el árbitro evaluó la anulación o menoscabo sólo para un Estado Miembro de la UE y no para la UE en su conjunto, la autorización para la imposición de contramedidas debe entenderse como aplicable exclusivamente al país afectado. Según EEUU, "cualquier suspensión de concesiones u obligaciones por parte de la UE sobre mercancías distintas de las relacionadas con España contravendría la decisión del árbitro y las normas del Entendimiento sobre Solución de Diferencias".
A petición de la Unión Europea, el OSD acordó autorizar la suspensión de la aplicación a Estados Unidos de concesiones arancelarias u otras obligaciones de conformidad con la decisión del árbitro.