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Acuerdo político en la UE contra las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria

Jueves 20 de diciembre de 2018

El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión alcanzaron ayer un acuerdo político sobre un nuevo conjunto de normas que garantizarán la protección de los agricultores comunitarios y de una gran mayoría de empresas agroalimentarias contra las prácticas comerciales desleales.



Según informó el Ejecutivo comunitario, la nueva ley europea cubrirá los productos agrícolas y alimentos comercializados en la cadena alimentaria, prohibiendo por primera vez hasta 16 prácticas comerciales desleales impuestas unilateralmente por un socio comercial sobre otro; mientras que solo se permitirán otras prácticas si están sujetas a un acuerdo previo “claro e inequívoco” entre las partes involucradas.

La Comisión Europea había presentado su propuesta legislativa en abril de 2018 para garantizar una mayor equidad en la cadena alimentaria y proporcionar una protección mínima en toda la UE. Esta es la primera vez que la legislación a nivel comunitario se implementará en esta materia. Además, el nuevo marco otorga a los Estados Miembros la autoridad para hacer cumplir las nuevas normas e imponer sanciones en caso de infracciones establecidas.

El comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, Phil Hogan, señaló que este acuerdo “proporciona una protección significativa para todos los agricultores de la UE, sus organizaciones, así como a las pequeñas y medianas empresas”. “Ahora estarán protegidos contra todos los operadores más grandes que actúen de manera injusta y fuera de las reglas”, añadió.

Las nuevas normas afectarán a los minoristas, procesadores de alimentos, mayoristas, cooperativas u organizaciones de productores, o un solo productor que participe en cualquiera de las prácticas comerciales desleales identificadas.

Las prácticas comerciales desleales que deben prohibirse incluyen: pagos atrasados ​​de productos perecederos; cancelaciones de pedidos de última hora; y cambios unilaterales o retroactivos a los contratos, obligando al proveedor a pagar por productos desperdiciados y rechazando los contratos escritos.

Sólo se permitirán otras prácticas si están sujetas a un acuerdo inicial entre las partes: un comprador que devuelva productos no vendidos a un proveedor; un comprador que cobra a un proveedor el pago para asegurar o mantener un acuerdo de suministro o un proveedor que pague por una promoción de comprador, publicidad o campaña de marketing.

La Comisión precisó que la implementación de estas reglas no implicará que precios más altos para los consumidores; y los Estados Miembros designarán a las autoridades encargadas de hacer cumplir estas normas, incluida la capacidad de imponer multas e iniciar investigaciones basadas en las denuncias.

Posteriormente, el Parlamento Europeo y el Consejo tendrán que votar este acuerdo para aprobar formalmente el texto. Una vez adoptado, los Estados Miembros deberán transponer el nuevo texto legislativo a su legislación nacional.

Desde Cooperativas Agro-alimentarias de España han lamentado que no se haya incorporado la "venta a pérdidas" en la lista de prácticas comerciales desleales, ya que es una "cuestión necesaria para conseguir una regulación más efectiva y que ha reclamado todo el sector productor europeo".

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