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Acuerdo político en la UE contra las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria

Acuerdo político en la UE contra las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria

jueves 20 de diciembre de 2018, 10:39h

El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión alcanzaron ayer un acuerdo político sobre un nuevo conjunto de normas que garantizarán la protección de los agricultores comunitarios y de una gran mayoría de empresas agroalimentarias contra las prácticas comerciales desleales.

Según informó el Ejecutivo comunitario, la nueva ley europea cubrirá los productos agrícolas y alimentos comercializados en la cadena alimentaria, prohibiendo por primera vez hasta 16 prácticas comerciales desleales impuestas unilateralmente por un socio comercial sobre otro; mientras que solo se permitirán otras prácticas si están sujetas a un acuerdo previo “claro e inequívoco” entre las partes involucradas.

La Comisión Europea había presentado su propuesta legislativa en abril de 2018 para garantizar una mayor equidad en la cadena alimentaria y proporcionar una protección mínima en toda la UE. Esta es la primera vez que la legislación a nivel comunitario se implementará en esta materia. Además, el nuevo marco otorga a los Estados Miembros la autoridad para hacer cumplir las nuevas normas e imponer sanciones en caso de infracciones establecidas.

El comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, Phil Hogan, señaló que este acuerdo “proporciona una protección significativa para todos los agricultores de la UE, sus organizaciones, así como a las pequeñas y medianas empresas”. “Ahora estarán protegidos contra todos los operadores más grandes que actúen de manera injusta y fuera de las reglas”, añadió.

Las nuevas normas afectarán a los minoristas, procesadores de alimentos, mayoristas, cooperativas u organizaciones de productores, o un solo productor que participe en cualquiera de las prácticas comerciales desleales identificadas.

Las prácticas comerciales desleales que deben prohibirse incluyen: pagos atrasados ​​de productos perecederos; cancelaciones de pedidos de última hora; y cambios unilaterales o retroactivos a los contratos, obligando al proveedor a pagar por productos desperdiciados y rechazando los contratos escritos.

Sólo se permitirán otras prácticas si están sujetas a un acuerdo inicial entre las partes: un comprador que devuelva productos no vendidos a un proveedor; un comprador que cobra a un proveedor el pago para asegurar o mantener un acuerdo de suministro o un proveedor que pague por una promoción de comprador, publicidad o campaña de marketing.

La Comisión precisó que la implementación de estas reglas no implicará que precios más altos para los consumidores; y los Estados Miembros designarán a las autoridades encargadas de hacer cumplir estas normas, incluida la capacidad de imponer multas e iniciar investigaciones basadas en las denuncias.

Posteriormente, el Parlamento Europeo y el Consejo tendrán que votar este acuerdo para aprobar formalmente el texto. Una vez adoptado, los Estados Miembros deberán transponer el nuevo texto legislativo a su legislación nacional.

Desde Cooperativas Agro-alimentarias de España han lamentado que no se haya incorporado la "venta a pérdidas" en la lista de prácticas comerciales desleales, ya que es una "cuestión necesaria para conseguir una regulación más efectiva y que ha reclamado todo el sector productor europeo".