La Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía convoca elecciones para la renovación de cargos de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen y Específicas, según la orden que publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. <br /><br />El proceso electoral se desarrollará en una serie de etapas, que concluirá a finales del próximo mes de diciembre, una vez realizada la votación el día 2 del mismo mes.<br /><br />Esta norma afecta a varias DO del panorama andaluz, entre las que encontramos los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen de Priego de Córdoba; Montes de Granada; Poniente de Granada; Sierra de Cazorla; Sierra de Segura; Sierra Mágina; Sierra de Cádiz y Estepa.<br /><br /><b>Control Proceso de renovación</b><br />Para controlar el proceso de renovación de cargos, se constituirán sendas juntas electorales central y de las denominaciones. <br /><br />La Central, con sede en la Consejería de Agricultura y Pesca, estará presidida por el director de Industrias y Promoción Agroalimentaria, Ricardo Domínguez García-Baquero, y contará con 7 vocales en representación de la Junta y de las organizaciones profesionales agrarias, y un secretario. <br /><br />Entre otras funciones, se encargará de coordinar todo el proceso electoral, y de resolver las reclamaciones relativas a listados de censos, proclamación de candidatos y de vocales.<br /><br />Por su parte, las juntas de las denominaciones se ubicarán en las sedes de los consejos reguladores, y estarán compuestas por cinco vocales, representantes de la Junta y de las organizaciones profesionales. <br /><br />Estas juntas son las encargadas de publicar los listados de electores inscritos en los registros de sus denominaciones, y de resolver determinados recursos sobre cualquier eventualidad que surja a lo largo del proceso.<br /><br />Podrán proponer candidaturas las cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), organizaciones agrarias y asociaciones profesionales, y otras personas, siempre que estén avaladas por el 5%, al menos, de los electores del censo. <br /><br />Además, según la orden, ninguna de las entidades citadas podrá presentar más de una lista de candidatos para el mismo censo.