La Federación Española de Empresas con Productos Ecológicos y las asociaciones territoriales que la integran han solicitado la autorización de organismos privados de certificación de productos alimentarios ecológicos en la totalidad de las Comunidades Autónomas. Asimismo, manifiesta la necesidad de que cada operador pueda elegir entre la certificación pública o privada en función de la calidad del servicio prestado y la aceptación en el mercado de los productos certificados por cada organismo de control. <br /><br />La federación critica que en España el control y la certificación de la producción agraria ecológica se lleva a cabo mayoritariamente a través de Consejos o Comités de Agricultura Ecológica territoriales, que son organismos dependientes de las Consejerías o Departamentos de Agricultura de las Comunidades Autónomas, o directamente por Direcciones Generales adscritas a las mismas. No obstante, tres Comunidades Autónomas han autorizado a su vez organismos privados para la realización de estas funciones: Andalucía, Castilla La Mancha y Aragón.<br /><br />Esta situación, a juicio de Fedeco, “supone de hecho, una rotura grave de la unidad de mercado, ya que en 14 Comunidades Autónomas, los operadores ecológicos no tienen libertad de elección y están obligados inexorablemente a someterse a un único organismo de control y certificación, establecido por su Comunidad Autónoma”. Independientemente del grado de eficiencia del organismo de control correspondiente, resulta evidente que éste mantiene una situación de privilegio en el mercado, tanto en el establecimiento de sus tarifas (puede existir una diferencia del 400% entre las distintas tarifas de certificación existentes en el territorio nacional) como en la determinación de las relaciones contractuales operador-organismo de control. <br /><br /><B>Alimentos de calidad diferenciada</B><br />La Agricultura Ecológica es un sistema agrario de producción sostenible que proporciona alimentos de calidad diferenciada: sanos, sabrosos y naturales. La Agricultura Ecológica es una actividad regulada legalmente (EU 2092/91) mediante una legislación europea de obligado cumplimiento por parte de todos los Estados Miembros.<br /><br />De conformidad con el principio del mercado único estipulado en el Tratado de Roma, todos los productos que cumplan lo dispuesto por la normativa comunitaria referente a la agricultura ecológica pueden circular por todo el territorio de la Unión Europea, tanto si han sido producidos en la Unión como si han sido importados de terceros países. Así pues, los Estados miembros no pueden prohibir ni restringir su comercialización por motivos relacionados con el método de producción ecológica o con la presentación de ese método de producción en el etiquetado o la publicidad, si dicho producto se ajusta a todas las prescripciones de la normativa. <br /><br />Sin embargo, la misma normativa europea que garantiza la libre circulación de alimentos ecológicos dentro del territorio europeo independientemente de su origen, dispone que cada uno de los Estados miembros debe establecer un sistema de control que corra a cargo de una o más autoridades públicas y/o de organismos privados autorizados.<br /><br />Por el contrario, una vez que el operador ha certificado su producción ecológica y abonado las tarifas establecidas unilateralmente por el organismo de control autonómico, debe competir en el mercado interior europeo con otros productos que, simplemente por el coste de certificación, presentan una ventaja competitiva importante.<br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />