El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha enviado una propuesta de Orden Ministerial por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables en el transporte a la Comisión Nacional de Energía (CNE), para la iniciación de su trámite de audiencia y la elaboración del posterior informe por parte del organismo regulador. <br /><br />Uno de los principales puntos de dicha propuesta, que establece la entrada en vigor de la Orden el 1 de enero de 2008, son los llamados certificados de biocarburantes, que permitirán acreditar a las empresas que incorporan productos petrolíferos en el mercado nacional las cantidades de biocarburantes que hayan vendido o consumido durante un año determinado. La entidad responsable de la expedición de certificados de biocarburantes será la Comisión Nacional de Energía (CNE).<br /><br />De este modo, dichas empresas deberán solicitar la acreditación a la CNE de todas las cantidades de biocarburantes incluidas en sus ventas o consumos indicando, en su caso, si dichas cantidades corresponden a biocarburantes susceptibles de ser incluidos en gasóleo de automoción o en gasolinas.<br /><br />Para la certificación de cantidades de biocarburantes vendidas o consumidas se prevé la posibilidad de exigir, entre otras condiciones, la de haber acreditado la sostenibilidad del biocarburante, teniendo en cuenta la calidad, el origen de las materias primas y la evaluación ambiental de los cultivos, de acuerdo con la normativa comunitaria que se establezca a estos efectos.<br /><br />Por otra parte, la CNE establecerá un sistema de anotaciones en cuenta de los certificados de biocarburantes, que tendrá como objetivo el registro de la información y la gestión de los citados certificados, distinguiendo entre los certificados de biocarburantes susceptibles de ser incluidos en gasolinas y los certificados de estos carburantes "verdes” susceptibles de ser incluidos en gasóleos.<br /><br /><B>Cumplimiento de los objetivos de biocarburantes</B><br />Las citadas empresas deberán acreditar anualmente ante la CNE la titularidad de una cantidad de certificados de biocarburantes. Estas cantidades deben alcanzar el 1,9% de mezcla en 2008, el 3,4% en 2009 y el 5,83% en 2010, tanto para el bioetanol en las gasolinas como para el biodiésel en el gasóleo de automoción.<br /><br />Los sujetos obligados que no dispongan de certificados suficientes para el cumplimiento de su obligación anual deberán realizar pagos compensatorios. Los ingresos generados por este concepto se repartirán de forma proporcional entre los sujetos que cuenten con un exceso de certificados en relación a su obligación. Este sistema de certificación y pagos compensatorios servirá también como mecanismo de control de la obligación.<br /><br /><B>Comercialización y etiquetado</b><br />La Directiva 2003/30/CE establece que los Estados Miembros deberán velar para que se comercialice en sus mercados una proporción mínima de biocarburantes y otros combustibles renovables. Para ello, contempla la posibilidad de incluir, sin necesidad de un etiquetado específico, hasta un 5% en volumen de biocarburantes en gasóleos y gasolinas, o bien en mayores concentraciones en productos con etiquetados específicos. Esta directiva fue transpuesta al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 61/2006.<br /><br />La propuesta de Orden enviada a la CNE señala que, para la comercialización de productos con etiquetado específico como biocarburantes, se deberán emplear procedimientos que permitan acreditar la calidad de las mezclas e incorporar en los equipos de distribución los siguientes anuncios: en caso de biocarburantes para motores de gasolina, "Producto adecuado para motores de gasolina que sean aptos para su uso"; mientras que en caso de biocarburantes para uso en motores diésel, el texto indicativo será “Producto adecuado para motores diésel que sean aptos para su uso”.<br /><br />La CNE publicará un informe anual sobre el uso de biocarburantes con fines de transporte. En dicho informe se evaluará el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al ejercicio anterior y se realizarán, en su caso, propuestas para la mejora del mecanismo de fomento del uso de dichos combustibles. Asimismo, se incluirán previsiones a medio plazo sobre la cobertura de la demanda de biocarburantes.<br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />