<br />La Comisión Europea (CE) ha aumentado hasta los 7.500 euros por empresa para un período de tres años el límite máximo de ayudas que pueden dar los Estados miembros a sus agricultores sin tener que notificarlas previamente a Bruselas y que hasta ahora estaba en 3.000 euros.<br /><br />Y es que, el Ejecutivo comunitario ha aprobado una regulación por la que aumenta la cuantía de las llamadas ayudas "de minimis" que los países comunitarios pueden otorgar para el sector agrícola sin necesidad de justificarlas previamente a la CE.<br /><br />Asimismo, Bruselas ha incrementado el límite máximo de apoyos de este tipo por país, hasta situarlo en el 0,75% del valor de la producción agraria nacional, frente al 0,3% vigente en la actualidad.<br /><br />En el caso de España, la cantidad máxima que podrán alcanzar las ayudas agrícolas "de minimis" ascenderá a 274,67 millones de euros, según la nueva reglamentación.<br /><br />Las reglas nuevas se aplicarán a los apoyos de esta clase, bajo ciertas condiciones, a partir del 1 de enero de 2008, aunque tienen efectos retroactivos para ayudas que cumplan tales requisitos y que hayan sido otorgadas desde enero de 2005. Asimismo, esta regulación cubre tanto a las primas de baja cuantía que van a los agricultores como a la transformación y comercialización de productos agrícolas que no distorsionen la competencia.<br /><br />Cabe recordar que la nueva normativa no apoyará a la exportación ni favorecerá a los productos nacionales frente a importaciones. Tampoco valdrá para ayudas de rescate para sectores en dificultad ni apoyos cuyo importe se fija sobre la base del precio o del volumen de la producción comercializada.<br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />