El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto que recoge las normas que deberán cumplir los fabricantes cuando indiquen las cantidades nominales del producto (la masa marcada en el etiquetado) contenido en sus nuevas gamas de envases alimentarios, ajustadas a las nuevas demandas de mercado.<br /><br />La referencia del Consejo detalla que con esta norma, propuesta por los Ministerios de Sanidad y Consumo, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, se flexibiliza la oferta a los consumidores de nuevos envases, pero se mantiene la información sobre la masa o volumen de producto marcado en el etiquetado.<br /><br />De esta norma, quedan excluidos vino y bebidas espirituosas por tener una legislación propia.<br /><br />Con este Real Decreto se atienden las demandas de los envasadores, provocadas por los cambios en las preferencias de los consumidores; al tiempo que se da respuesta a las innovaciones tecnológicas en los sistemas de envasado y presentación de productos, que hoy en día posibilitan poner en el mercado cantidades más ajustadas a las necesidades de los consumidores.<br /><br />La normativa española se adapta así a la Directiva comunitaria de 5 de septiembre de 2007 y mantiene la obligación de informar del precio, incluyendo el IVA, por unidad de medida, para facilitar la comparación de los precios.<br /><br />Este Real Decreto flexibiliza los estándares fijados de cantidades para productos envasados dirigidos al consumidor final y deja más libertad a los fabricantes para suministrar estos productos de forma más acorde con los gustos de los consumidores y mejorar así la competencia en materia de calidad y precio de los productos.<br /><br />De esta forma todo envase debe llevar de forma indeleble, fácilmente legible y visible las indicaciones sobre la cantidad nominal (masa o volumen nominal) expresada, utilizando como unidades de medida el kilogramo o el gramo, el litro, el centilitro o el mililitro.<br /><br />Así como la inscripción que, de acuerdo con la legislación vigente, permita a los servicios de inspección competentes identificar al envasador, al responsable del envasado o al importador, establecidos en la comunidad autónoma.<br /><br />Los envases que respondan a las modalidades de control estadístico de lotes establecidas en el Real Decreto pueden recibir el signo CE, que certifica, bajo responsabilidad del envasador o del importador, que el envase cumple con las disposiciones del mismo.<br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />