El Consejo de Ministros aprobó el pasado 8 de abril el Real Decreto por el que se materializan las modificaciones aprobadas en "el Chequeo Médico de la Política Agrícola Común", en materia de aplicación de los pagos directos en la agricultura y la ganadería, ajustando determinados elementos de las ayudas directas y avanzando hacia una simplificación del régimen de pago único. <br /><br />Dentro de las modificaciones destaca la supresión de la obligación de retirada de tierras a partir del 1 de enero de 2009, por lo que los derechos de retirada establecidos anteriormente se pueden justificar como cualquier derecho normal de pago único sobre superficies agrarias. <br /><br />La normativa recoge la modificación del concepto de hectárea admisible, incluyéndose determinadas zonas forestales y las zonas sujetas a determinados compromisos medioambientales; al tiempo que destaca como novedad el incremento en la modulación a los pagos directos y la simplificación de su sistema de gestión. <br /><br />Asimismo, el texto indica que el periodo fijado para reintegrar a la reserva nacional los derechos de pago no utilizados se ha reducido de tres años a dos años, aplicándose a todos los tipos de derechos de pago. Además, los derechos procedentes de la reserva nacional se equiparan en la utilización y cesión a los derechos de ayuda normales. <br /><br />Respecto a las ayudas a la agricultura, se cambian los requisitos para optar a los pagos por superficie del cáñamo destinado a la producción de fibra, exigiéndose la utilización de variedades que estén inscritas en el Catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas. <br /><br />Por otra parte, fruto de la experiencia obtenida en la aplicación del sistema de pagos directos se introducen modificaciones que aluden a los sectores azucarero y lácteo.<br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />