El Tribunal de Cuentas Europeo ha considerado que las propuestas legislativas de la Comisión Europea (CE) sobre la reforma de la Política Agraria Común (PAC) a partir de 2014 continúan siendo “demasiado complejas”.<br /><br />En octubre de 2011, la Comisión presentó al Parlamento Europeo y al Consejo sus propuestas legislativas sobre la reforma de la PAC y el Tribunal de Cuentas Europeo examinó los cuatro principales proyectos de reglamentos presentados por Bruselas.<br /><br />El Tribunal, en un comunicado, ha reconocido los esfuerzos realizados por la Comisión para simplificar las disposiciones de la PAC y para responder a una serie de observaciones formuladas por el Parlamento, el Consejo, y también por este organismo, si bien ha señalado que el marco legislativo de la política sigue siendo “demasiado complejo”.<br /><br />En este sentido, ha explicado que, por ejemplo, en los gastos de desarrollo rural, existen seis estratos de normas y, en cuanto a la condicionalidad, el Tribunal considera que, pese a la reorganización propuesta, la “complejidad” de esta política sigue dificultando su administración por parte de los organismos pagadores o de los beneficiarios.<br /><br />En su opinión, la política sigue estando basada esencialmente en los gastos y en el control del gasto, y por tanto orientada al cumplimiento más que al rendimiento. <br /><br />Así, según el Tribunal, no se presentan en los artículos del reglamento los objetivos específicos fijados para los pagos directos a los agricultores, ni tampoco los resultados previstos de estas disposiciones o el tipo de indicadores previstos para medir estos resultados. <br /><br />En desarrollo rural, el Tribunal ha subrayado la importancia de establecer objetivos específicos concretos que deban alcanzarse mediante las medidas propuestas y de garantizar que la ayuda se destina a las zonas rurales que más la necesiten. <br /><br />Asimismo, según ha considerado, tampoco se han definido de manera adecuada los objetivos y resultados cualitativos y cuantitativos previstos de la aplicación de las obligaciones de condicionalidad ni el componente “ecologización” de los pagos directos. <br /><br />Además, ha asegurado que si bien toma nota de la meta de la Comisión de centrar el pago de las ayudas de la PAC en los “agricultores activos” y de su tentativa de lograr una distribución más equilibrada de los pagos directos entre los beneficiarios, piensa que persiste el riesgo de que sigan pagándose ayudas a beneficiarios que no desempeñan ninguna actividad agrícola. <br /><br />A su vez, ha observado que el efecto de la denominada “limitación” (reducción de la ayuda que rebase determinados niveles) en la redistribución de la ayuda será “restringido”.<br /><br />Entre sus propuestas, el Tribunal sugiere que se adopte una definición simple y general de “agricultor activo” y que la Comisión debería revisar el funcionamiento de los sistemas de gestión y control de los Estados Miembros al inicio del nuevo período financiero. <br /><br />El proyecto de reglamento prevé la concesión de derechos de pago a nuevos agricultores (especialmente los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agraria) en 2014, pero el Tribunal ha mostrado su preocupación por que dicha concesión deje de ser posible en los años siguientes.<br /><br />Además, cree que el requisito de haber activado los derechos de pago en 2011 (o de haber solicitado ayudas del sistema de pago único por superficie) para solicitar derechos en 2014 podría suponer un obstáculo para la entrada en el sistema de nuevos agricultores. <br /><br />El Tribunal también ha considerado que las disposiciones del proyecto relativas a las “retiradas, reducciones y exclusiones” de la ayuda en los Estados Miembros resultan confusas tanto en su formulación como en su alcance. <br /><br />Por ello, a su juicio, deberían simplificarse las disposiciones mediante el uso coherente de una terminología bien definida y la adecuada aplicación del principio de que las irregularidades dan lugar a reducciones de la ayuda y deben figurar en la información estadística facilitada por los Estados Miembros y la Comisión.<br /><br />Por último, el Tribunal ha subrayado que la aplicación eficaz de la reforma también depende de que la Comisión presente “disposiciones de aplicación” claras, y de la rapidez con que los organismos pagadores adapten procedimientos y sistemas que pueden requerir entre doce y veinticuatro meses tras la adopción de las disposiciones de aplicación por la Comisión.<br /><br />Michel Cretin, miembro del Tribunal de Cuentas Europeo, presentará al Parlamento Europeo el dictamen del Tribunal sobre las propuestas legislativas de la Comisión relativas a la reforma de la PAC a final de abril.<br /><br /><i>Para más información, pueden suscribirse a nuestro Newsletter Semanal impreso "Mercacei" y/o al Club Mercacei en el <a href="seccion/151/alta/">Club Mercacei.</a></i>