Las empresas aceiteras Acesur, Migasa y Sovena se adhirieron voluntariamente al Código de Autorregulación de la Publicidad de los Alimentos dirigida a menores (PAOS), que entró en vigor este miércoles.<br /><br />Dicho código está incluido en la denominada Estrategia NAOS, cuyo objetivo es prevenir la obesidad y el sobrepeso, y sus consecuencias. <br /><br />El Código PAOS se inscribe entre los acuerdos alcanzados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Federación de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) para fomentar entre la población unos hábitos de consumo saludables y la práctica regular de actividad física.<br /><br />Como se recordará, la Estrategia NAOS parte del enfoque de la obesidad como un problema con múltiples causas y de un planteamiento basado en la colaboración voluntaria, como fórmula eficaz para lograr una mayor implicación de todos los actores económicos, sociales, e institucionales en relación con el problema de la obesidad. <br /><br />El objetivo del Código PAOS es guiar, mediante un conjunto de reglas y mecanismos, a las compañías adheridas en el desarrollo, ejecución y difusión de los mensajes publicitarios destinados a menores. Mediante este código se regulará la publicidad y el márketing destinado a niños con especial atención a los menores de doce años, el modo de presentación de los productos y la promoción de los mismos. <br /><br />Hasta el momento, el Código de Autorregulación de la Publicidad ha sido suscrito por 33 empresas del sector (*), entre las que se encuentran los principales inversores en publicidad para menores, lo que supone una representatividad de la inversión publicitaria destinada a niños de más de un 70% (**), que se han comprometido a respetar este conjunto de normas de una manera voluntaria. <br /><br />El Código PAOS, cuyo cumplimiento vigilará Autocontrol (organismo español de autorregulación publicitaria) establece mecanismos de control previos a la emisión de la publicidad y posteriores. Las sanciones previstas oscilarán entre los 6.000 € por una infracción leve hasta los 180.000 € por las graves. <br /><br />El Código PAOS, documento que se someterá a revisiones en función de su desarrollo y ejecución, ha previsto la constitución de una Comisión de Seguimiento, presidida por un representante de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESA), y formada por tres representantes del Consejo de Consumidores y Usuarios, tres representantes de FIAB, y un representante de la Asociación Española de Anunciantes. La Comisión velará por el cumplimiento del Código, su adaptación a la realidad y su puesta al día, pudiendo plantearle denuncias hasta consumidores individuales. <br /><br />Entre otras normas, el Código PAOS restringe la utilización de personajes famosos o conocidos de los anuncios destinados a un público infantil así como las telepromociones de productos en programas con este tipo de audiencia. El Código hace especial referencia a evitar la presión excesiva, con la indicación de que la publicidad no debe hacer un llamamiento directo a la compra de un producto, ni apremiar a su obtención, así como no incitar a que los menores persuadan a sus padres o a otras persona para que compren los productos anunciados. <br /><br />Además se especifican una serie de condiciones sobre las promociones, sorteos y concursos, en cuanto a que resulten fácilmente compresibles por los menores y no les induzcan a error o generen expectativas irreales.<br /><br />El Código PAOS establece también que los mensajes publicitarios no deben promover hábitos de alimentación o modos de vida poco saludables, tales como comer de forma inmoderada, o fomentar hábitos de vida sedentarios. Así ningún producto podrá presentarse como sustitutivo de ninguna de las tres comidas principales ni minusvalorar la importancia de hábitos de vida saludables, como el mantenimiento de una alimentación variada y equilibrada o la realización de actividad física.<br /><br />Las empresas adheridas al Código PAOS son las siguientes: <i>Acesur, Aguas de Fuensanta, Arteserena S.L, Bimbo, Cadbury Schweppes Bebidas de España S.A, Campofrio, Casa Tarradellas, Clesa, Coca-Cola, Corporación Alimentaria Peñasanta S.A, Danone, Ebro Puleva, Gallina Blanca, Heinz Ibérica, Hero España, Industrias y Promociones Alimenticias S.A, Jealsa, Kellog´s, Kraft Foods Ibérica, La Bella Easo S.A, Lácteas García Baquero, Leche Pascual, Master Foods Effem España, Migasa, Nestlé, Nutrexpa, Panrico, Pepsico, Pescanova, Snack Ventures, Sovena, Unilever y United Biscuits</i>.<br />