<br />La ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, y el presidente de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), Félix Lobo, detallaron ayer las aportaciones que el Reglamento europeo relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos va a introducir en nuestro país y, en general, en toda la Unión Europea. Esta norma, a juicio de la Ministra, “constituye un avance muy importante y una mejora indudable en la regulación de la publicidad y etiquetado de los alimentos”.<br /><br />Y es que cada vez más alimentos han incluido en su etiquetado o publicidad este tipo de declaraciones de propiedades con el fin de mostrar diferencias respecto a los productos de la competencia y ofrecerse así como más atractivos a ojos de los consumidores. En este sentido era necesario, por tanto, adoptar medidas a nivel comunitario para garantizar que esas alegaciones se realizan en función de evidencias científicas reales y no recurriendo a mensajes engañosos, exagerados o sin base científica suficiente.<br /><br />Como se recordará, el reglamento, que entró en vigor el 19 de enero y cuya fecha de inicio de aplicación será el próximo 1 de julio, establece las reglas que deberán seguirse por parte de la industria alimentaria para poder decir que un alimento contiene determinadas propiedades saludables -lo que se conoce como “alegación” o “declaración”-. Entre estas declaraciones figuran, por ejemplo, el hecho de calificarse como “sin materia grasa”, “rico en vitaminas”, “sin azúcar añadido” o “light”, entre otras muchas.<br /><br />Según indicó Salgado, “el reglamento va a redundar en favor de la protección del derecho de los consumidores a una información veraz, contrastada y con un riguroso fundamento científico, aspecto particularmente relevante en el caso de los alimentos”. Además, indirectamente, esta norma estará al servicio de la protección de la salud, puesto que sólo sobre una información veraz y completa puede llevarse a cabo la mejor elección de los alimentos que han de componer una dieta equilibrada. Por último, la norma garantizará también una competencia justa entre las diferentes empresas en el ámbito de la publicidad y promoción de los alimentos.<br /><br />El nuevo reglamento colmará, además, un cierto vacío legal que venía existiendo en el ámbito del etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. Hasta ahora, la legislación comunitaria sólo permitía la formulación de alegaciones a aquellos alimentos o ingredientes que habían sido aprobados mediante un procedimiento específico (los llamados “nuevos alimentos”), pero cerraba esta posibilidad a los alimentos de consumo ordinario y a la mayoría de los alimentos e ingredientes considerados “funcionales”, es decir, con propiedades saludables.<br /><br />Para su aplicación y seguimiento, el reglamento implica a las autoridades sanitarias de todos los Estados miembros de la Unión Europea, concediendo un papel destacado a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) en la evaluación de las bases científicas sobre las que se pretendan sustentar las alegaciones más próximas a los mensajes preventivos, así como en el establecimiento de los “perfiles nutricionales”. <br /><br />La EFSA trabajará en red con los organismos homólogos de los países. En el caso de España, será la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, la responsable de la aplicación coordinada del reglamento, lo que se hará en estrecha colaboración con las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas. Igualmente, será la AESAN la que participará, con la EFSA, en la evaluación de las bases científicas de las alegaciones, particularmente las que se planteen desde la industria alimentaria española. <br /><br /> <a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a><br />