El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía ha fallado en contra del recurso de apelación interpuesto por la Junta de Andalucía contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Sevilla que, el 29 de noviembre de 2003, dictaba sentencia a favor de COREYSA por la inmovilización de aceite de orujo realizada por la Junta de Andalucía, a raíz de la alerta alimentaria comunicada por el Ministerio de Sanidad y Consumo.<br /><br />Así, el TSJ de Andalucía le da la razón a los industriales del sector del aceite de orujo de oliva, que en 2001, sufrieron grandes pérdidas por una alerta alimentaria que les obligó a retirar su mercancía de los comercios cuando, según este fallo, se actuó con precipitación y falta de proporcionalidad. <br /><br />El órgano de justicia también desmantela la pretendida justificación de la actuación de la Junta de Andalucía, que decía cumplir órdenes del Ministerio de Sanidad y Consumo, ya que la administración andaluza es "autónoma y única competente".<br /><br />Nota proporcionada por ASOLIVA y ANIERAC.