El pasado 21 de junio, la Consejería de Agricultura publicó en el Diario de Castilla-La Mancha la orden que regula la ayuda a la producción del aceite de olivar para la campaña 2004/05, la última que se pedirá según la actual OCM, ya que la próxima quedará sujeta a las nuevas normas del desacoplamiento de la Reforma de la PAC. <br /><br />La solicitud de ayuda y del anticipo se podrán presentar (siempre que se tenga una declaración de cultivo en vigor realizada durante 2004) hasta el 30 de junio de 2005 en la OCAS o en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura de la provincia en que se ubique la explotación. <br /><br />En el caso de los miembros de OPR (Organizaciones de Productores Reconocidos), las solicitudes se presentan a través de ésta, que tiene la obligación de entregar las solicitudes de sus miembros en las Delegaciones Provinciales antes del 1 de agosto de 2005. <br /><br />Dicha solicitud deberá acompañarse de la fotocopia del DNI con su NIF o la tarjeta de identificación fiscal de la Agencia Tributaria, certificado de entrada y molturación de la aceituna y/o certificado resumen de entregas de aceitunas de mesa expedido por una almazara o industria de transformación autorizada. <br /><br />Los anticipos de la ayuda se abonaran a partir del 16 de octubre de 2005 a expensa de los controles administrativos y sobre el terreno, tras los cuales y si el resultado es satisfactorio, se abonará el importe restante dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que la Comisión establezca el importe definitivo de la ayuda.