El Consejo de Ministros aprobó el pasado 2 de julio el proyecto de Ley de la Sociedad Cooperativa Europea domiciliada en España, un texto que, según el Ejecutivo, favorecerá la internacionalización de estas entidades y la suscripción de alianzas con cooperativas de otros países de la Unión Europea, tal y como avanza la web de Cooperativas Agro-alimentarias.<br /><br />La Ley por la que se regula la Sociedad Cooperativa Europea (SCE) en España beneficiará la contribución a la extensión del Estatuto de la SCE en aras al respeto de la igualdad de condiciones de la competencia y de desarrollo económico que persigue la Unión Europea, por cuanto de este modo se dota a las cooperativas, entidades comúnmente reconocidas en todos los Estados miembros, de los instrumentos jurídicos adecuados que permiten facilitar el desarrollo de sus actividades transnacionales. <br /><br />El objetivo principal de la Ley es permitir jurídicamente la constitución de la SCE en España. Por este motivo, desde la aprobación del Reglamento comunitario se han ido efectuando diferentes análisis del desarrollo en España de los aspectos diferidos por dicho Reglamento, y que fundamentalmente residen en la determinación de la legislación aplicable y el Registro competente en todos los actos de la SCE. <br /><br />Según la nueva Ley, una sociedad cooperativa europea podrá constituirse por un mínimo de cinco personas físicas o jurídicas residentes en dos o más estados miembros de la UE y con un capital de al menos 30.000 euros. Asimismo, el texto ratifica los principios y valores que caracterizan a las sociedades cooperativas y que se corresponden con la normativa que sobre esta materia está regulada en España, tanto por la Administración General como por las Comunidades Autónomas. <br /><br /><a href= http://www.mercacei.com/foros/index.php target= “blank”> <b>Opine sobre esta noticia en nuestro foro</b></a>