Los agricultores y ganaderos españoles que a partir de 2006 percibirán el pago único introducido por la reforma de la Política Agraria Común (PAC), dispondrán de mes y medio, hasta el 15 de julio, para contrastar los datos que les presentarán las Comunidades Autónomas hasta finales de mayo.<br /><br />Así lo avanzó el secretario general de Agricultura, Fernando Moraleda, que presentó en Madrid la Orden ministerial sobre actualización de datos e identificación de agricultores para la aplicación del régimen de pago único, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 2 de mayo.<br /><br /><b>Sustitución por un pago desvinculado de la producción</b><br />Moraleda recordó que el régimen de pago único, que entra en vigor en España en 2006, supone sustituir las ayudas a la producción por un pago desacoplado (desvinculado de la producción) en función de la producción histórica del período de referencia 2000-2002 y explicó que la Orden pretende contrastar con la realidad los datos para la concesión de esos pagos desacoplados en poder de la Administración.<br /><br /><b>Comunicación de las CC.AA.</b><br />Explicó que, tras la publicación de la Orden, las Comunidades Autónomas -que disponen de plenas competencias en agricultura- deberán comunicar a los productores, durante el mes de mayo, el número de hectáreas o de animales por los que recibieron ayudas directas en los tres años de referencia.<br /><br /><b>Alto nivel de solicitudes de modificación</b><br />Estimó que se emitirán alrededor de un millón de comunicaciones y, aunque no se prevé que haya errores sobre los datos, si se espera que "un volumen significativamente alto de solicitudes de modificación", ya que cada año se incorporan 60.000 nuevos perceptores de ayudas y desaparecen alrededor de 70.000.<br /><br />Estas modificaciones serán relativas a agricultores que han recibido una explotación -por herencias, fusiones o compraventas, entre otros aspectos- y a circunstancias que suponen un cálculo distinto del importe de referencia, como nuevos agricultores o dificultades excepcionales -fallecimiento, catástrofe, epizootia-.<br /><br /><b>Importe de referencia sobre lo que se cobrará con el pago único</b><br />La información que recibirán los agricultores incluirá un importe de referencia sobre lo que cada productor cobrará con el pago único, aunque será provisional, porque el importe final estará sujeto a las decisiones que se tomen sobre la aplicación del artículo 69 y la reserva nacional, así como por el importe total que España dispone para el pago único.<br /><br /><b>Aproximación a la realidad</b><br />El objetivo final de esta Orden es que cada agricultor conozca sus datos del período de referencia y alcanzar un aproximación provisional de derechos los más parecida posible a la realidad, que se plasmará finalmente en un Real Decreto sobre pago único que se publicará a finales de este año.