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El MAPA confirma que no es necesario determinar un porcentaje de retirada de aceite de oliva en la campaña 2025/26

El MAPA confirma que no es necesario determinar un porcentaje de retirada de aceite de oliva en la campaña 2025/26

viernes 14 de noviembre de 2025, 12:28h
La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución en la que detalla que no es necesario determinar un porcentaje de retirada de producto, al no alcanzar el umbral establecido en la normativa.

En concreto, la resolución se refiere al artículo 4 de la Orden APA/1192/2025, de 27 de octubre, por la que se establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2024/25.

Según recuerda, el artículo 5 de dicha Orden establece que el porcentaje de producto afectado por la norma se determinará mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios y se publicará en el BOE antes del 15 de noviembre. Por otra parte, este artículo recoge que el porcentaje de retirada se aplicará sobre la producción y se calculará con base en la diferencia de los recursos estimados para la campaña 2025/26 y el 120% de la media de los dos valores máximos de la comercialización de las seis últimas campañas. En todo caso, el porcentaje a retirar no podrá exceder el 20% de la producción estimada.

No obstante, el MAPA subraya que no se alcanza el umbral descrito a la vista de las existencias iniciales para la campaña 2025/26 comunicadas por los operadores a través del sistema de información de los mercados oleícolas (SIMO) y los datos de estimaciones de producción comunicados por las Comunidades Autónomas.