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El MAPA publica la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/26

El MAPA publica la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/26

martes 28 de octubre de 2025, 12:07h
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden por la que se establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/26 que tiene como objetivo prevenir posibles distorsiones en el mercado en el caso de que se diera una sobreproducción mediante una retirada de producto.

La condición indispensable para activar este mecanismo sería que el nivel de existencias iniciales más las estimaciones de producción alcancen el 120% del nivel medio de este sumatorio de las seis campañas anteriores. Según ha destacado el MAPA, en base a los aforos comunicados por las Comunidades Autónomas a principios del mes de octubre, "no parece que se vayan a alcanzar los umbrales y condiciones para la aplicación efectiva de la medida", pero el Ministerio ha optado por tener disponible la norma por si fuera precisa su aplicación.

El Ministerio ha recordado que el artículo 167 bis del Reglamento (UE) del Parlamento y el Consejo 1308/2013, establece que, con el fin de mejorar y estabilizar el funcionamiento del mercado común de los aceites de oliva, y también de las aceitunas de las que proceden, los Estados Miembros productores podrán establecer normas de comercialización para regular la oferta.

Para desarrollar la aplicación de este reglamento europeo en España se aprobó el Real Decreto 84/2021 que contempla que, cuando las condiciones de mercado lo justifiquen, podrán establecerse normas de comercialización para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado para una campaña de comercialización determinada, mediante la retirada de producto hasta la campaña siguiente y/o el destino a uso no alimentario. "Se trata, por tanto, de una medida de aplicación excepcional de carácter coyuntural", ha detallado.

El MAPA ha apuntado que, tras dos campañas consecutivas de baja cosecha, en la campaña 2024/2025 se recuperó la capacidad productiva. Según ha explicado, las extraordinarias condiciones climatológicas de la primavera pasada, con abundantes precipitaciones, dieron lugar a unas primeras estimaciones productivas para la campaña 2025/26 "excepcionalmente elevadas, que podrían conllevar una sobreoferta de aceite en el mercado y a desestabilizaciones del mismo".

Ante esta situación, el Ministerio comenzó a poner a punto el mecanismo contemplado de retirada de aceite del mercado que, según recoge el Real Decreto 84/202, debe estar aprobado a 31 de octubre para su posible aplicación y prevención de distorsiones de mercado en la campaña ya en curso.

Tras un debate exhaustivo con Comunidades Autónomas y los distintos representantes del sector, el proyecto normativo publicado hoy se sometió a consulta previa, primero, y a audiencia pública posteriormente.

Tras la recepción y análisis de observaciones y los distintos informes pertinentes, el MAPA ha procedido a la publicación de la orden. No obstante, "su aplicación está sujeta al cumplimiento del criterio de activación establecido para la retirada de aceite de oliva y que se produciría en base a la condición indispensable mencionada", ha afirmado.

La orden recoge, igualmente, el criterio de determinación del porcentaje de retirada de aceite de cualquier categoría, a decidir por el operador, sobre el total de la producción de aceite de oliva. Las instalaciones concernidas serían las almazaras productoras de aceite de oliva.

Publicada esta orden, el porcentaje de producción a retirar se determinaría mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios antes del 15 de noviembre.

En dicho caso, el MAPA elaborará, en coordinación con las Comunidades Autónomas, un plan de control de la norma de comercialización, correspondiendo a los órganos competentes de las CCAA realizar los controles oficiales para comprobar el cumplimiento de la norma.

Sin embargo, según el Ministerio, teniendo en cuenta los aforos comunicados por las Comunidades Autónomas a principios del mes de octubre, "no parece que se alcancen los umbrales y condiciones para la aplicación efectiva de la medida. Las altas temperaturas estivales han venido a mermar las elevadas producciones previstas hace meses".

Foto: Joaquín Terán

Reacciones

Desde la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) han celebrado que, tras cuatro años desde la aprobación del Real Decreto 84/2021, el Ministerio haya culminado el desarrollo reglamentario de esta norma. Durante este tiempo, "nuestra organización ha solicitado reiteradamente su concreción para que el sector cuente con mecanismos operativos cuando las circunstancias del mercado lo requieran".

Aunque las condiciones actuales no hagan necesaria la activación inmediata de las medidas de retirada, la organización ha considerado "imprescindible" que esta norma esté plenamente desarrollada y lista para su aplicación. A su juicio, esta norma permitiría, en caso necesario, activar medidas de estabilización del mercado que evitarían el desplome de precios y, por tanto, la pérdida de rentabilidad para los olivareros.

COAG ha resaltado que esta norma beneficia tanto a los olivareros como a los consumidores. En el caso de los olivareros, ha apuntado que "evita que los precios en origen caigan por debajo de los costes de producción, algo expresamente prohibido por la Ley de la Cadena Alimentaria; garantiza la rentabilidad de las explotaciones olivareras, muchas de ellas pequeñas y medianas y ubicadas en zonas rurales que dependen económicamente del olivar; y proporciona estabilidad y previsibilidad al mercado, permitiendo una planificación más eficaz de las campañas".

Respecto a los consumidores, la organización ha resaltado que "preserva la sostenibilidad económica y social de la producción de aceite de oliva virgen extra, un alimento esencial en la Dieta Mediterránea cuyo valor nutricional ha sido refrendado por centenares de estudios científicos; garantiza el mantenimiento de un sector productor viable que pueda seguir ofreciendo productos de máxima calidad; y contribuye a evitar desequilibrios de mercado que a medio plazo podrían afectar negativamente al abastecimiento y a la estructura productiva del sector".

Por su parte, la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) ha aplaudido la publicación de la norma y ha asegurado que “el mercado por sí solo ha demostrado que no es capaz de generar valor para el olivar tradicional”.

La organización pronostica que este año se venderá todo lo producido, al igual que en la anterior campaña. Sin embargo, esta norma “puede en el futuro poner coto a las malas prácticas de los especuladores en el sector que todos sabemos que existen”, han señalado.

UPA ha anunciado que seguirá trabajando en los próximos meses para mejorar esta norma, especialmente en lo relativo a la limitación de la retirada a aceites de la peor calidad, por lo que -a su juicio- el objetivo debería ser retirar del mercado las categorías que aportan menos valor y primar a aquellos operadores que apuestan por la producción de calidad; modificar algunos de los requisitos para hacer la norma más funcional; y apostar por el establecimiento de medidas relacionadas con aspectos indicados en el preámbulo del Real Decreto 84/2021: la regulación del rendimiento de extracción de aceite, la fijación de un rendimiento máximo de aceituna por hectárea o la planificación de la producción mediante la cosecha temprana.