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El Gobierno remite a la CE el Plan Estratégico de la PAC

El Gobierno remite a la CE el Plan Estratégico de la PAC

miércoles 29 de diciembre de 2021, 12:59h

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, presentó ayer al Consejo de Ministros el Plan Estratégico para la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) en España a partir del año 2023 y que el Gobierno va a remitir hoy a la Comisión Europea (CE) para su aprobación, cumpliendo así lo establecido en los nuevos reglamentos.

La entrega a la Comisión Europea del Plan Estratégico, que debe realizarse antes del 1 de enero de 2022, supone la culminación de un trabajo iniciado hace más de tres años, durante los que "el Ministerio ha trabajado conjuntamente con las Comunidades Autónomas para definir el contenido de la propuesta, y ha mantenido contacto y diálogo constante con las organizaciones profesionales agrarias, cooperativas agroalimentarias y las organizaciones civiles de carácter ambiental, así como con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y los servicios de la Comisión Europea".

Planas subrayó que se ha conseguido articular “un plan estratégico nacional del conjunto de España, que es fruto del consenso entre las Comunidades Autónomas y que refleja la diversidad agronómica de un país que ofrece una variedad de modelos desde los cultivos continentales del norte hasta las producciones subtropicales del sur".

Una versión inicial del Plan Estratégico está disponible desde el día 30 de noviembre en la web del MAPA para consulta de todos los interesados, en el marco de la Evaluación Ambiental Estratégica. Tras los ajustes que puedan derivarse de todas las observaciones y alegaciones recibidas en el marco de la fase de información pública y de evaluación ambiental y de las propias observaciones del Ejecutivo comunitario, España propondrá un texto definitivo del Plan Estratégico. Se prevé que la Comisión lo apruebe a finales del primer semestre de 2022, para que sea de aplicación a partir del 1 de enero de 2023.

Viabilidad del sector agrario

El Plan Estratégico contempla apoyos enfocados a la mejora de la competitividad de las explotaciones mediante las ayudas a rentas, el servicio de asesoramiento y las medidas de desarrollo rural en favor de la innovación, la mejora del conocimiento, las inversiones, el uso de tecnología y la digitalización, entre otros aspectos.

La PAC acompañará de forma particular a las explotaciones pequeñas y medianas haciendo uso de todas las medidas de redistribución a su alcance. Entre ellas, la limitación (“capping”) y reducción de la ayuda básica, que fijará el importe máximo de los pagos a 100.000 euros y prevé una reducción progresiva cuando supere los 60.000 euros. No obstante, para evitar distorsiones de empleo, se podrán descontar los costes salariales y laborales, en cualquier caso, ninguna explotación cobrará más de 200.000 euros de ayuda básica a la renta. También recoge el pago redistributivo de la ayuda a explotaciones de mayor tamaño a las pequeñas y medianas.

Además, según el MAPA, el plan incluye otros aspectos especialmente relevantes en España como son la reducción de la brecha de género y el apoyo al relevo generacional, ya que está previsto que en la próxima década se jubilen las dos terceras partes de los agricultores en activo. Por ello, Planas avanzó que habrá primas de hasta un 15% de las ayudas para la incorporación de jóvenes agricultoras.

A su vez, por primera vez, se incorpora a la PAC la dimensión social y España, atendiendo a la importancia en el sector de la presencia de asalariados, pretende hacerlo desde el año 2024, un año antes de lo previsto como obligatorio en el reglamento.

El Ministro resaltó también que la nueva PAC fomenta la innovación y la digitalización del sector agrario, lo que redundará en una mejora de la rentabilidad de las explotaciones; y es la más ambiciosa en materia climática y ambiental de la historia de la UE. De esta manera, el Plan Estratégico de España dará respuesta a las necesidades ambientales identificadas para nuestro país, contribuyendo a la consecución de objetivos tales como la reducción de emisiones, el incremento del papel de sumidero de carbono, el aumento de la superficie dedicada a la agricultura ecológica y las reducciones del empleo de productos fitosanitarios. En el caso concreto de España, la lucha contra la desertificación y la erosión, la mejora de la estructura de los suelos y su contenido en materia orgánica o el mantenimiento de la elevada biodiversidad ligada a hábitats agrarios, son necesidades que cobran una importancia relevante.

Ley de gestión de la PAC

El Consejo de Ministros aprobó también ayer un Anteproyecto de Ley que establece las normas para la aplicación y gestión de la nueva PAC en España, con el objetivo de posibilitar su aplicación de forma homogénea en todo el territorio nacional.

La ley incluye además algunos aspectos que hasta ahora estaban recogidos en la reglamentación comunitaria y que, por la mayor subsidiariedad otorgada a los Estados Miembros en este periodo, deben desarrollarse en normas nacionales, como la aplicación de penalizaciones y sanciones en el caso de que los beneficiarios no cumplan las condiciones y obligaciones establecidas para el acceso a las ayudas.

Otro punto reseñable es la necesidad de garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, por lo que se establece un marco nacional de actuación para aquellos casos en los que pudiera producirse algún pago indebido a los beneficiarios al objeto de alcanzar una aplicación homogénea en el territorio nacional, facilitándose a la vez la actuación de las administraciones competentes en la lucha contra el fraude.

En el marco de las actuaciones para ajustar la normativa a algunas de las reformas introducidas en el Reglamento de la Organización Común de Mercados Agrarios (OCMA) y para dar cumplimiento a los objetivos de la PAC, tales como la conservación de la biodiversidad, o los objetivos establecidos en la estrategia europea “De la granja a la mesa” para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente, se regula el régimen sancionador en otras materias agrarias conexas con la PAC. En particular, en lo relativo a la comercialización de aceite de oliva y sistema de información de los mercados oleícolas, en materia de declaraciones obligatorias y contratación, y de organizaciones de productores y asociaciones organizaciones de productores del sector de la leche y los productos lácteos, así como en el ámbito de la conservación de recursos genéticos, la legislación en materia de bienestar animal, sanidad animal y vegetal o la nutrición sostenible de los suelos agrícolas.

Ayudas en 2022

Por otro lado, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que modifica otros tres de diciembre de 2014 sobre la aplicación de la PAC, que incorpora los cambios necesarios para adaptar la normativa nacional a ciertas actualizaciones legislativas de la UE. Estas modificaciones permitirán que los agricultores españoles puedan percibir más de 7.425 millones de euros en ayudas en el año 2022, último ejercicio de transición entre el anterior marco (2014-2020) y la entrada en vigor de la nueva PAC, el 1 de enero de 2023.

Los 7.425 millones previstos en 2022 incluyen tanto el Fondo Europea Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), del que proceden las ayudas directas, como del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader), que financia las actuaciones del llamado segundo pilar de la PAC. La campaña de solicitud de las ayudas se iniciará el 1 de febrero.

En cuanto a los plazos de presentación de las solicitudes, la normativa europea ahora permite que los mismos sean fijados por los Estados Miembros. Para establecer unos plazos comunes nacionales que garanticen la igualdad de trato entre los agricultores, se fija el 30 de abril como fecha límite para la presentación de solicitud única, el 31 de mayo para la modificación de ésta y el 31 de agosto para la adaptación de la solicitud en aquellos casos en los que se ha comunicado al solicitante alguna incidencia derivada de los controles preliminares o de los controles por monitorización, así como retirar total o parcialmente parcelas de su solicitud.

No obstante, para que haya cierta flexibilidad en las fechas, que permita tener en cuenta las cambiantes condiciones climáticas y meteorológicas y circunstancias de otro tipo, las Comunidades Autónomas podrán ampliar la fecha límite de presentación de la solicitud única en su territorio más allá del 30 de abril, previa comunicación al FEGA. También podrán ampliar la fecha límite de adaptación de la solicitud única más allá del 31 de agosto, si se dan las razones para ello.