En un comunicado, este organismo ha detallado que "la medida se activará cuando el volumen de existencias iniciales más la producción alcance, al menos, el 120% de la media de las seis campañas anteriores, sin que pueda superarse el 20% de la producción estimada".
Según ha explicado la CNMC, la normativa europea y nacional permiten estas medidas, si bien ha advertido dee que "pueden ser perjudiciales para los consumidores, especialmente para los de rentas más bajas, y otros eslabones de operadores, como los distribuidores y exportadores, al encarecer los precios y reducir la variedad y calidad del producto".
En este sentido, el organismo ha realizado varias recomendaciones tales como "reforzar su justificación, identificando los objetivos y los efectos esperados para los agricultores, operadores y consumidores; valorar alternativas (almacenamiento privado o los instrumentos de la normativa de la cadena alimentaria) antes de recurrir a la retirada obligatoria de producto; y recordar que cualquier intervención pública debe ser proporcional, transparente y con el menor impacto posible sobre el funcionamiento competitivo del mercado".
También ha propuesto "mejorar la metodología de cálculo para determinar una situación de desequilibrio de mercado y el cálculo del porcentaje de retirada para cada almazara; concretar los sujetos obligados considerando el impacto económico de la obligación de almacenamiento durante la campaña; y reforzar los mecanismos de control y seguimiento de la medida, permitiendo su derogación anticipada si las condiciones de mercado cambiaran".