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Extremadura aprueba el reglamento de la DOP Aceite Villuercas Ibores Jara

Extremadura aprueba el reglamento de la DOP Aceite Villuercas Ibores Jara

miércoles 19 de octubre de 2022, 12:26h

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el decreto 128/2022, por el que se aprueba el reglamento de la Denominación de Origen Protegida Aceite Villuercas Ibores Jara. Según recoge el DOE, el pleno del Consejo Regulador deberá constituirse en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la designación.

Posteriormente, tras otros diez días hábiles siguientes a su constitución, éste acordará la ratificación del reglamento provisional aprobado por el decreto o bien propondrá sus modificaciones.

En los dos años siguientes a la constitución del Pleno del Consejo Regulador se convocarán elecciones para la designación de sus integrantes, manteniéndose vigentes hasta la toma de posesión de sus miembros electos, las personas que hubieran sido nombradas según lo establecido en la normativa.

El Consejo Regulador, la entidad de gestión de la DOP, con naturaleza de corporación de derecho público velará por el prestigio y fomento de este sello de calidad; llevará los registros, establecerá los requisitos mínimos de los controles que deberán llevar las empresas; velará por el cumplimiento de la normativa de la DOP; e investigará y difundirá el conocimiento y aplicación de los sistemas de producción, elaboración, transformación y comercialización propios, entre otras funciones.

En cuanto a los registros, el Consejo recogerá tanto los de explotaciones de olivares, como de industrias almazaras y el de las industrias envasadoras y/o comercializadoras.